Demanda Colectiva Maíz

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Demanda
Colectiva
Maíz

"La defensa del maíz es la defensa de México."

—Leticia López

Semillas de Soberanía

Documental

Sección 1. Marco conceptual

Protegiendo el Maíz

El 5 de julio de 2013, un colectivo formado por 53 personas y 22 organizaciones sociales presentó una Demanda de Acción Colectiva para frenar la siembra de maíz genéticamente modificado (GM) en México.

Este litigio estratégico, conocido como la Demanda del Maíz, marcó un precedente en el derecho mexicano y se consolidó como un emblema de la defensa de la biodiversidad, los derechos colectivos y la soberanía alimentaria del país.

preguntas frecuentes

¿Cuál es el valor del maíz para México y el mundo?

El maíz es corazón de la cultura, biodiversidad y alimentación mexicana. Con 64 razas y miles de variedades nativas, su cultivo ancestral no solo sustenta a las comunidades rurales, sino que representa una forma de vida ligada al calendario agrícola y astronómico.

Su valor fue reconocido constitucionalmente el 17 de marzo de 2025, al ser declarado elemento de identidad nacional. Esta reforma obliga al Estado a proteger su diversidad, fomentar su cultivo libre de transgénicos y promover prácticas agroecológicas como la milpa, patrimonio agrícola de la humanidad.

El maíz genéticamente modificado (GM) es alterado en laboratorio para resistir plagas o herbicidas, pero su cultivo representa serios riesgos.

Puede provocar contaminación genética irreversible en las variedades nativas, amenazando la biodiversidad del maíz mexicano. Además, estas semillas suelen estar asociadas al uso de agroquímicos tóxicos como el glifosato y a prácticas controladas por corporaciones transnacionales.

Su presencia en la alimentación, sin estudios concluyentes sobre sus efectos, pone en riesgo la salud y la soberanía alimentaria.

Una demanda colectiva es un mecanismo legal que permite a un grupo de al menos 30 personas acudir juntas a los tribunales para defender derechos o intereses comunes afectados de forma similar, sin tener que presentar demandas individuales.

Este tipo de acción busca frenar prácticas ilegales, obtener reparación del daño o, como en el caso del maíz, lograr el reconocimiento judicial de una afectación a un derecho colectivo.

Línea del tiempo

5 de julio de 2013

19 de agosto de 2015

8 de marzo de 2016

31 de diciembre de 2020

13 de febrero de 2023

16 de octubre de 2023

Diciembre de 2023

28 de septiembre de 2024

20 de diciembre de 2024

Diciembre 2024

Diciembre 2024

Febrero de 2025

Mayo de 2025

7 de diciembre de 2001

2002

28 de abril de 2006

14 de diciembre de 2004

18 de marzo de 2005

25 de junio de 2007

27 de octubre de 2007

1 de enero de 2008

18 de enero de 2008

12 de marzo de 2008

25 de febrero de 2009

Septiembre de 2009

29 de septiembre de 2009

2010

29 de julio de 2010

Se inició el proceso legal de la Demanda Colectiva en defensa del maíz, con la participación de 53 personas y 22 organizaciones sociales. Como resultado, se obtuvo una medida cautelar que prohibió la siembra comercial de maíz genéticamente modificado (MGM) y que, desde el 17 de septiembre de 2013 hasta la fecha, se mantiene vigente.

Se canceló la medida precautoria que impedía autorizar nuevos permisos para la siembra de maíz genéticamente modificado en México. La apelación inmediata dentro de la Demanda Colectiva evitó el deslinde de responsabilidades por parte de las empresas.

 

Se volvió a suspender la siembra comercial de maíz genéticamente modificado (MGM) y se condicionó la experimental a vigilancia judicial y colectiva. En 2021, la SCJN rechazó la impugnación de las empresas.

Se publicó un decreto presidencial que ordena sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación del glifosato y de los agroquímicos que lo contienen como ingrediente activo.

Un segundo decreto presidencial prohibió la importación de MGM y el uso de harinas de maíz GM para tortillas y alimentos básicos.

La DCM recibió el premio Pax Natura, en reconocimiento de una década del litigo estratégico, único en el derecho mexicano por la defensa de los maíces nativos y por preservar la biodiversidad a través de la milpa y los maíces originarios.

Se solicitó a la Secretaría de Economía presentar una contrademanda contra Estados Unidos, a fin de que este país demuestre la inocuidad de sus maíces genéticamente modificados (GM).

Se emitió una resolución a favor de empresas transnacionales que permitía la siembra de maíz transgénico en México. Sin embargo, la Demanda Colectiva impugnó nuevamente, logrando mantener la suspensión, en un proceso que continúa vigente.

Se derogó el decreto presidencial de 2023, pues el panel de resolución de disputas del T-MEC falló a favor de EEUU, obligando a México a seguir importando MGM para no faltar a los acuerdos del TMEC.

Se ganó un amparo que obliga a la Secretaría de Economía (SE) a responder de manera clara, fundada y motivada la solicitud presentada por la colectividad en 2023, en la que se pidió contrademandar a Estados Unidos por posibles violaciones al T-MEC. La SE no atendió dicha petición y, en respuesta al fallo, impugnó la resolución judicial mediante un recurso de revisión.

Se reformaron los artículos 4° y 27° de la Constitución para garantizar un jornal justo y permanente a campesinos que cultiven ciertas especies, apoyos directos y fertilizantes gratuitos a productores y pescadores de pequeña escala, así como precios de garantía para maíz, frijol, leche, arroz y trigo panificable.

Demanda Colectiva Maíz refuerza a nivel científico, legal y sociocultural iniciativa de reforma constitucional sobre maíz genéticamente modificado.

La Demanda Colectiva ganó un amparo y un recurso de revisión que obligan a la Secretaría de Economía a justificar por qué no ha contrademandado a Estados Unidos y a reponer el procedimiento hasta que la colectividad decida si impugna.

Se reconoció al maíz como cultivo estratégico nacional en la Ley de Desarrollo Rural, y se reformó el Código Penal Federal para tipificar como delito la importación, transporte, almacenamiento y liberación de organismos genéticamente modificados (OGM).

Diversas organizaciones y comunidades de Oaxaca solicitaron a la Comisión de Cooperación Ambiental de América del Norte (CCA) investigar la contaminación genética en el maíz criollo. Dos años después, se reconoció dicha contaminación y se emitieron recomendaciones para proteger la diversidad del maíz mexicano.

En medio de conflictos y controversias, se firmó el Acuerdo Nacional para el Campo entre diversas organizaciones campesinas y el gobierno federal, mediante el cual este se comprometió a negociar con los socios del TLCAN mecanismos de protección para el maíz blanco y el frijol mexicanos.

La Cámara de Diputados aprobó la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM).

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Ley de Bioseguridad de Organismos Genéticamente Modificados (LBOGM), que dejó en evidencia el descuido al patrimonio genético y que la bioseguridad en el  país no había sido prioritaria.

Se lanza la Campaña Nacional en Defensa de la Soberanía Alimentaria y la Reactivación del Campo Mexicano: Sin Maíz No Hay País, y Sin Frijol Tampoco, ¡Pon a México en tu Boca! De agosto a septiembre del mismo año, diversos estados de la República se unieron a la campaña.

Se realizó en el Zócalo capitalino el concierto “Salvemos al campo para salvar a México”, con la participación de artistas, académicos, organizaciones y unas 30 mil personas, en defensa del campo mexicano.

Se liberó la importación de maíz y frijol, aunque el gobierno no contaba con la organización social, cuando colectivos campesinos y no gubernamentales formaron un muro humano durante dos días en el Puente Internacional Córdova de las Américas, bloqueando la entrada y salida del país.

Salió de Ciudad Juárez una caravana de tractores de organizaciones campesinas desde Chihuahua hasta la Ciudad de México. La llegada al Zócalo de la Mega Marcha llamó la atención de integrantes de organizaciones internacionales y movimientos campesinos de otros países que vivían situaciones similares.

Se entregaron al Senado 439,385 firmas de México y otros países para exigir la renegociación del TLCAN, prohibir la siembra de maíz genéticamente modificado (MGM) y aprobar leyes en favor de la soberanía alimentaria y el derecho constitucional a la alimentación.

Con 35 toneladas de maíz se formó un mapa en el Zócalo con el mensaje: “No al maíz transgénico. Sin maíz no hay país”. Días después, el 6 de marzo, un decreto presidencial modificó el reglamento de la LBOGM para permitir la siembra experimental de maíz genéticamente modificado.

El Relator Especial de la ONU sobre el Derecho a la Alimentación visitó México por invitación de la Campaña Sin Maíz No Hay País y se comprometió a presentar en marzo de 2010 un informe ante el Consejo de Derechos Humanos sobre los agronegocios y la concentración de poder y riqueza.

Se celebró por primera vez en el zócalo capitalino el Día Nacional del Maíz.

Se reformó el artículo 17 constitucional para incorporar las acciones colectivas como mecanismo legal de defensa de derechos colectivos, lo que abrió el camino para demandas como la presentada en defensa del maíz.

Se reformó el Código Federal de Procedimientos Civiles en materia de acciones colectivas, lo que marcó el inicio de lo que sería la Demanda Colectiva del Maíz. La reforma se publicó en 2010 pero no entró en vigor hasta marzo de 2012.

Sección 2. Área jurídica

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1. Juicio principal

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1.1. Primera instancia

  • Presentación de la demanda
  • Certificación de requisitos
  • Admisión
  • Audiencia de conciliación
  • Periodo probatorio
  • Alegatos finales en primera instancia
  • Sentencia

1.2. Segunda instancia Apelación

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2. Medida cautelar

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2.1. Medida cautelar provisional

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2.2. Medida cautelar definitiva

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3. Expediente Maíz

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Sección 3. Área científica

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